Una puerta metálica no es una puerta cortafuego: lo es la que tiene la resistencia que pide la pared que protege y la certificación que lo prueba. Qué dice la Norma A.130 y qué comprobar antes de recibirla.
Qué exige la Norma A.130 de una puerta cortafuego
La Norma A.130 pide que una puerta cortafuego resista tres cuartos del tiempo que resiste la pared, el corredor o la escalera a la que sirve, sea a prueba de humo y esté aprobada y certificada para ese uso. Su marco, bisagras, cierrapuertas y cerradura o barra antipánico deben tener también certificación de la misma resistencia (artículo 10).
No toda puerta de evacuación es cortafuego (artículo 6). Lo son las de un cerramiento contrafuego, como el ingreso a una escalera de evacuación, que llevan brazo cierrapuertas aprobado para puertas cortafuego (artículo 8, inciso a).
Las puertas y los marcos llevan en lugar visible su número de identificación y el rótulo de resistencia al fuego. Mirillas, visores y vidrios de la puerta, o la puerta toda de vidrio, se aprueban y certifican como dispositivos a prueba de fuego del rango necesario. El marco se ancla según las especificaciones del fabricante y el material del muro.
D.S. N.º 017-2012-VIVIENDA, texto vigente a octubre de 2026.Qué resistencia debe tener: la regla de los tres cuartos
La Norma no enumera puertas de 1, 2 o 3 horas: fija una proporción. La resistencia de la pared, el corredor o la escalera sale del proyecto; como referencia, la A.130 define en sus artículos 42 a 44 tres tipos de edificación con resistencias mínimas de 4, 2 y 1 hora.
| Pared (mínimo) | Dónde lo fija la A.130 | Puerta (¾) |
|---|---|---|
| 4 h | Muros resistentes y perimetrales de un edificio resistente al fuego (artículo 42) | 3 h |
| 2 h | Tabiquería interior de ese edificio (artículo 42) o muros resistentes de uno semirresistente (artículo 43) | 1.5 h |
| 1 h | Tabiquería interior de un edificio semirresistente (artículo 43) o incombustible con protección (artículo 44) | 0.75 h (45 min) |
Se parte de la resistencia real de la pared, que puede superar el mínimo; si el cálculo cae entre dos clases comerciales de puerta, corresponde la inmediata superior. Un caso de la propia Norma: en un hospital, los cerramientos contrafuego de quirófanos, cuidados intensivos y diálisis son de 1 hora (hasta 3 pisos) o de 2 horas (4 o más), según el artículo 83; sus puertas resultan de 0.75 h y de 1.5 h.
Qué significa que una puerta esté certificada
Certificada quiere decir que la puerta y sus herrajes pasaron un ensayo de resistencia al fuego en un laboratorio y que un documento lo acredita. La A.130 define esa resistencia en el glosario de su capítulo de almacenes (artículo 168): es el tiempo durante el cual el elemento cumple a la vez cuatro condiciones.
- Estabilidad estructural.
- Aislamiento térmico.
- Estanqueidad de llama y gases.
- Sin emisión de gases inflamables por la cara no expuesta al fuego.
El mismo artículo pide que esa certificación la emita un laboratorio de ensayos de resistencia al fuego debidamente acreditado, y nombra como ensayos normalizados la NTP ISO 834-1, ASTM E119, ISO 834, BS 476 y EN 1363. Para puertas existen además métodos propios, como ISO 3008 y EN 1634-1, que la A.130 no nombra. En la puerta, la certificación se reconoce por el rótulo y el número de identificación (artículo 11).
Sin rótulo ni certificado, es una puerta metálica. El espesor de la plancha no acredita resistencia: la acreditan el ensayo y el certificado.
¿Dudas sobre las puertas de su escalera? Envíenos fotos del rótulo, del marco y de los herrajes, y le indicamos qué corresponde verificar. Cotizar por WhatsApp
Anatomía de una puerta cortafuego y cómo verificarla
Cada pieza tiene su exigencia en la A.130 y una comprobación a simple vista.
| Pieza | Qué exige la A.130 | Cómo verificarlo |
|---|---|---|
| 1 · Hoja | Aprobada y certificada para uso cortafuego, a prueba de humo y con tres cuartos de la resistencia de la pared (artículo 10). | Rótulo y certificado con su resistencia; la ficha la declara a prueba de humo. |
| 2 · Marco | Certificado con la misma resistencia, con rótulo y número visibles, anclado según el fabricante y el muro (artículos 10 y 11). | Rótulo en el marco; anclaje del fabricante frente al material del muro. |
| 3 · Bisagras | Certificadas para uso cortafuego, de la misma resistencia que la puerta (artículo 10). | Ficha o marca del fabricante; que no sean un reemplazo común. |
| 4 · Cierrapuertas | Brazo aprobado y certificado para puertas cortafuego en toda puerta de un cerramiento contrafuego (artículos 8, inciso a, y 10); en puertas de doble hoja con cerrajería de un punto y cierrapuertas independientes, un dispositivo de ordenamiento de cierre (inciso b). | Abra la hoja y suéltela: cierra sola y por completo; en dos hojas, en orden. |
| 5 · Cerradura o barra antipánico | Certificadas para uso cortafuego (artículo 10). Si lleva barra, entre 30 y 44 pulgadas de altura (0.76 a 1.12 m) y certificada cuando la puerta resiste al fuego (artículo 8, inciso d). Destrabar el pestillo exige 15 libras (artículo 7). | Certificado de la barra o la cerradura; abre desde dentro con un solo empuje. |
| 6 · Visor o vidrio | Mirillas, visores y vidrios aprobados y certificados a prueba de fuego del rango necesario (artículo 11). | Marca o ficha del vidrio con su resistencia; un vidrio común no sirve. |
| 7 · Rótulo y número | Número de identificación y rótulo de resistencia al fuego a la vista, en puertas y marcos (artículo 11). | Anote el número y compárelo con el certificado; sin pintura ni raspaduras. |
La puerta de una escalera de evacuación
Es la puerta cortafuego que la A.130 nombra de forma expresa: lleva un brazo cierrapuertas aprobado para uso cortafuego (artículo 8, inciso a). Además:
- Ancho: libre mínimo de 1.00 m, medido entre las paredes del vano (artículo 22).
- Apertura: desde el interior por simple empuje (artículo 5), con giro en el sentido de la evacuación si el ambiente tiene más de 50 personas (artículo 6).
- Fuerza: no más de 30 libras fuerza para empujar la puerta (artículo 7); el mismo tope rige para cada puerta de la caja de una escalera presurizada (artículo 31).
- Libre paso: sin obstrucciones en la escalera ni en sus accesos (artículo 13).
Una puerta certificada no basta si el muro que la rodea tiene pases abiertos: los de tuberías y cables hacia la escalera se cierran con protección pasiva (vea sellos cortafuego).
Lo que no se debe hacer con una puerta cortafuego
- Calzarla abierta. Una cuña, un extintor o un mueble anulan el cierrapuertas que exige el artículo 8, inciso a). Si debe quedar abierta, NFPA 80 solo admite retenedores que se suelten con la detección automática.
- Cambiar un herraje por uno común. Una bisagra, un cierrapuertas o una barra sin certificación dejan la puerta fuera del artículo 10.
- Pintar, lijar o tapar el rótulo. El artículo 11 lo pide a la vista; al pintar el marco, se enmascara.
- Cambiar el vidrio o recortar la hoja para un lector de tarjetas o una rejilla sin autorización escrita del fabricante.
- Ponerle llave en horario de uso o dejar objetos en el paso. Debe abrir desde dentro por simple empuje (artículo 5) y su ruta, quedar libre (artículo 13).
El Manual de ITSE remite el mantenimiento al manual del fabricante; NFPA 80 pide inspeccionar y probar cada puerta al menos una vez al año, con registro escrito. Vea también los errores comunes en instalaciones contra incendio.
Qué revisa la ITSE de sus puertas cortafuego
El Manual de Ejecución de ITSE incluye las puertas cortafuego y sus accesorios entre los equipos cuyo protocolo se presenta (numeral 2.2.1.3). El protocolo de las puertas y sus dispositivos remite a su certificación para uso cortafuego, según los artículos 10 y 11 de la A.130, y a un mantenimiento según el manual del fabricante (literal f.9). Más en ITSE de riesgo alto y muy alto.
En el informe de la ITSE previa (anexo 7a), el grupo inspector verifica que las puertas de la escalera de evacuación tengan la resistencia al fuego y los accesorios que correspondan, como cierrapuertas y barra antipánico (ítem 13). Si no, la observación subsanable pide, según el caso:
- Instalar puertas cortafuego de resistencia adecuada.
- Presentar la certificación del fabricante o proveedor autorizado sobre la resistencia al fuego de marcos, puertas y accesorios.
- En edificaciones anteriores a junio de 2006, una declaración jurada del propietario sobre la resistencia al fuego de la puerta.
Las observaciones se corrigen en hasta 20 días hábiles (D.S. N.º 002-2018-PCM, artículo 28, literal d): conviene tener los certificados antes de la visita. Más observaciones frecuentes: los 6 puntos que más observaciones generan; qué pedir al instalador: dossier de calidad contra incendio.
Conclusión práctica
Antes de recibir una puerta cortafuego, pida cuatro cosas: el certificado del fabricante con su resistencia, el rótulo y el número de identificación en la hoja y el marco, la certificación de cada herraje y la prueba de que cierra sola. Para el resto del edificio, vea nuestra guía de sistemas contra incendio y qué exige la Norma A.130.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas de resistencia debe tener una puerta cortafuego?
Tres cuartos de lo que resiste la pared, el corredor o la escalera a la que sirve (artículo 10 de la A.130): paredes de 4, 2 y 1 hora dan puertas de 3 h, 1.5 h y 0.75 h. Si el fabricante no ofrece esa clase, se elige la inmediata superior.
¿Cómo distingo una puerta cortafuego de una metálica común?
Por el rótulo y el número de identificación, visibles en la puerta y el marco (artículo 11), y por el certificado del fabricante. Sin ellos no se acredita como cortafuego, por gruesa que sea la plancha.
¿Puede una puerta cortafuego quedar abierta?
No con una cuña ni con un mueble: la Norma exige el cierrapuertas en toda puerta de un cerramiento contrafuego (artículo 8, inciso a). NFPA 80 solo admite retenedores que se suelten con la detección automática.
¿Qué piden en la ITSE sobre las puertas cortafuego?
El protocolo de las puertas y sus accesorios, con su certificación para uso cortafuego, y la certificación del fabricante de marcos, puertas y accesorios. Vea qué revisa la ITSE en riesgo alto y muy alto.
Fuentes oficiales
- Norma A.130 Requisitos de Seguridad (RNE) · Ministerio de Vivienda (D.S. N.º 017-2012-VIVIENDA)
- D.S. N.º 002-2018-PCM · gob.pe
- Manual de Ejecución de ITSE (R.J. N.º 016-2018-CENEPRED/J) · El Peruano
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Normas citadas en esta guía: NFPA 80; RNE A.130 (DS 017-2012-VIVIENDA); Reglamento de ITSE (DS 002-2018-PCM).





